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Estado de Emergencia en Lima y Callao por 60 días: Conoce las restricciones
El Gobierno extendió la medida desde el 28 de octubre para combatir la delincuencia; revisa qué derechos se limitan.
El Gobierno de la República ha oficializado la extensión del Estado de Emergencia en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao por un periodo adicional de 60 días. Esta decisión, publicada el sábado 25 de octubre en el diario oficial El Peruano mediante el Decreto Supremo N.° 142-2026-PCM, busca reforzar las acciones contra la ola de criminalidad y situaciones violentas que afectan a estas zonas. La nueva etapa comenzará oficialmente desde el próximo 28 de octubre.
¿Quiénes lideran la seguridad en esta fase?
Durante este periodo, la Policía Nacional del Perú (PNP) asumirá el liderazgo principal para mantener el orden interno. Sin embargo, contará con el respaldo directo de las Fuerzas Armadas. La colaboración entre estas instituciones se ajustará estrictamente a la normativa vigente referente al empleo de la fuerza y los decretos legislativos que regulan su uso.
La PNP determinará las zonas específicas de intervención basándose en información de inteligencia, estadísticas delictivas y mapas de delitos. El objetivo es identificar con precisión las áreas que presentan mayor necesidad de atención inmediata para contrarrestar la inseguridad ciudadana, según informamos en Bolivia extiende el Estado de Excepción.
Derechos constitucionales limitados
El decreto establece claramente que, durante la vigencia de esta medida, se suspenderán o limitarán ciertos derechos fundamentales, más detalles en Contexto Peruano. Entre las restricciones más significativas figuran:
- Inviolabilidad del domicilio.
- Libertad de tránsito.
- Libertad de reunión.
- Derecho a la seguridad personal.
Estas limitaciones buscan permitir una mayor capacidad operativa para las fuerzas del orden en el combate contra la delincuencia organizada y otros delitos violentos que han motivado esta prórroga administrativa, según informamos en Bolivia extiende el Estado de Excepción.
Restricciones para eventos masivos
Otro punto clave de la norma es la regulación de actividades públicas. Durante este estado de emergencia, cualquier actividad religiosa, cultural, deportiva o de otra índole que sea considerada "masiva" deberá obtener autorización previa de las autoridades pertinentes, según Punto Veraz.
Las solicitudes serán revisadas por las entidades correspondientes antes de conceder el permiso para su realización. En contraste, los eventos no masivos podrán llevarse a cabo sin requerir esta aprobación previa. Esta extensión del estado de emergencia abarca un periodo total de 60 días calendario desde el 28 de octubre, en medio de constantes intentos por enfrentar el aumento de la violencia en la capital y su provincia constitucional.